programa de gestión editorial

Objetivos

Plan creado por la Secretaría de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Ayudas destinadas a promover proyectos dirigidos a la plena integración de las PYMES en la sociedad de la información, entre otras, mediante:

  1. Mejora de procesos de producción, comercialización, gestión e información, incorporando las tecnologías de la información y comunicaciones.
  2. Implantación de comercio electrónico, portales, etc.

Beneficiarios directos

  1. Organismos Intermedios: mayor efectividad si se encauza a través de organismos especializados en prestar apoyo a la PYME.
  2. En algunos casos la PYME puede ser beneficiario directo
  3. Gestionado por:.. Las Comunidades Autónomas.

Ámbito de aplicación

PYMES de los sectores de la industria, construcción, comercio y servicios.

Exclusiones:

Actividades relacionadas con la producción, primera transformación o
comercialización al por mayor de productos (Anexo I Tratado
Constitutivo de la CE), y los sectores del carbón y de la pesca.

Ámbito geográfico

  1. Todo el territorio nacional

¿Qué se entiende por PYME?

  1. Empresas que emplean menos de 250 empleados
  2. Cuyo volumen de negocio anual no sea superior a 40 mill de euros o cuyo balance general anual no exceda de 27 mill de euros.
  3. El 25% o más de su capital o derechos de voto no pertenezca a otra empresa, o conjuntamente a otras empresas que no sean PYMES

¿Qué se entiende por organismo intermedio?

  1. Las organizaciones públicas, semipúblicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de forma habitual presten servicios de apoyo de carácter empresarial a las PYMES
  2. Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten servicios de apoyo empresarial a la PYME.

Gastos subvencionables

Directos:

  1. Inversiones materiales o inmateriales, excluídos los inmuebles y su acondicionamiento, el mobiliario y equipamiento de oficina (excepto el informático), y medios de transporte.
  2. Gastos de personal técnico (tarifas máximas por categoría laboral)
  3. Colaboraciones externas; gastos de consultoría, etc.
  4. Viajes interurbanos y alojamiento
  5. IVA soportado o equivalente

Indirectos:

  1. 50% del coste de personal interno

Cuantía de las subvenciones

Los límites máximos de las ayudas se ajustarán a las limitaciones generales establecidas por la Comisión Europea, no pudiendo ser superior al 50%
En ningún caso las subvenciones a la inversión podrán superar los siguiente límites:

  1. 50.000 euros para organismos intermedios
  2. 10.000 euros para PYMES

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Periodo de Vigencia

  1. Del 2001 al 2006 Las CC.AA regulan los plazos y periodos de resolución

Financiación de las ayudas

  1. FEDER y Admon. General del Estado. También podrán colaborar las CC.AA
CIF: B-60215639 inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona
tomo 25043 folio 0028 hoja 82620 sección general inscripción 1ª
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