| Objetivos
Plan creado por la Secretaría de Estado de Economía, de
la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Ayudas destinadas a promover proyectos dirigidos a la plena integración
de las PYMES en la sociedad de la información, entre otras, mediante:
- Mejora de procesos de producción, comercialización,
gestión e información, incorporando las tecnologías
de la información y comunicaciones.
- Implantación de comercio electrónico, portales, etc.
Beneficiarios directos
- Organismos Intermedios: mayor efectividad si se encauza a través
de organismos especializados en prestar apoyo a la PYME.
- En algunos casos la PYME puede ser beneficiario directo
- Gestionado por:.. Las Comunidades Autónomas.
Ámbito de aplicación
PYMES de los sectores de la industria, construcción, comercio
y servicios.
Exclusiones:
Actividades relacionadas con la producción, primera transformación
o
comercialización al por mayor de productos (Anexo I Tratado
Constitutivo de la CE), y los sectores del carbón y de la pesca.
Ámbito geográfico
- Todo el territorio nacional
¿Qué se entiende por PYME?
- Empresas que emplean menos de 250 empleados
- Cuyo volumen de negocio anual no sea superior a 40 mill de euros o
cuyo balance general anual no exceda de 27 mill de euros.
- El 25% o más de su capital o derechos de voto no pertenezca
a otra empresa, o conjuntamente a otras empresas que no sean PYMES
¿Qué se entiende por organismo intermedio?
- Las organizaciones públicas, semipúblicas o privadas,
sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia,
que de forma habitual presten servicios de apoyo de carácter
empresarial a las PYMES
- Las entidades con participación mayoritaria de capital público
que presten servicios de apoyo empresarial a la PYME.
Gastos subvencionables
Directos:
- Inversiones materiales o inmateriales, excluídos los inmuebles
y su acondicionamiento, el mobiliario y equipamiento de oficina (excepto
el informático), y medios de transporte.
- Gastos de personal técnico (tarifas máximas por categoría
laboral)
- Colaboraciones externas; gastos de consultoría, etc.
- Viajes interurbanos y alojamiento
- IVA soportado o equivalente
Indirectos:
- 50% del coste de personal interno
Cuantía de las subvenciones
Los límites máximos de las ayudas se ajustarán a
las limitaciones generales establecidas por la Comisión Europea,
no pudiendo ser superior al 50%
En ningún caso las subvenciones a la inversión podrán
superar los siguiente límites:
- 50.000 euros para organismos intermedios
- 10.000 euros para PYMES
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Periodo de Vigencia
- Del 2001 al 2006 Las CC.AA regulan los plazos y periodos de resolución
Financiación de las ayudas
- FEDER y Admon. General del Estado. También podrán colaborar
las CC.AA
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